| El
objeto de la fiscalización son todos los contratos
adjudicados por los Ayuntamientos Canarios en el ejercicio
2005, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
5 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas
de Canarias, que en el apartado 1.d) incluye entre sus funciones:
"Fiscalizar
los contratos suscritos por la Administración de la
Comunidad Autónoma y demás de entes del sector
público indicados en el art. 2 de la presente Ley"
Para
conocer la realidad contractual de los Ayuntamientos, la Audiencia
de Cuentas utiliza las relaciones de contratos remitidas,
en el modelo ACC/9 integrado en la petición de las
Cuentas Generales o en soporte disquete, de acuerdo con el
programa que asimismo se remite y que puede ser enviado a
través de esta pagina web, de la que también
puede ser descargado dicho programa.
Por
ello, se recuerda la obligatoriedad de remitir dicha información,
entre la que deberá incluirse la totalidad de los contratos
administrativos y privados adjudicados en el ejercicio por
procedimiento abierto, restringido o negociado, en cualquiera
de sus formas. Quedando excluidos, por tanto, los contratos
menores y los ejecutados con medios propios de la Administración.
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